CALENDARIO 2017
RESOLUCIÓN N.004
DEL 25 DE OCTUBRE DE 2016 Por medio de la cual se asigna el Calendario Académico Institucional para la vigencia 2017. En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la ley 115 del 18 de febrero de 1994, el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, el decreto 1850 del 13 de agosto de 2002, y, CONSIDERANDO QUE: Que mediante Resolución 2016060079945 de 10 de octubre de 2016, la secretaria de Educación de Antioquia estableció el calendario académico para el año 2017 para todos los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados. Que de conformidad con el artículo 6° de la resolución mencionada, corresponde al Rector organizar el Calendario Académico de la Institución Educativa, el cual debe contenerlas principales actividades destinadas a cumplir el plan operativo del año 2017 de acuerdo al proyecto Educativo Institucional y lo establecido en el artículo 15 del decreto 1860 de 1994 y el decreto 1850 de 2002. Que los rectores de los establecimientos educativos de carácter oficial y privado, deben presentar el calendario académico institucional adoptado para el 2017 al director de núcleo a quien las veces, con copia a la subsecretaria de Planeación Educativa, proceso de Asesoría y Asistencia técnica de la Secretaria de Educación de Antioquia antes del 11 de Noviembre de 2016 para su verificación y aprobación.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer el calendario académico general para el año 2017 que iniciará el 2 de Enero de 2017, finalizará el 29 de diciembre de 2017 y tendrá 40 semanas de trabajo académico con estudiantes los cuales se distribuirán de la siguiente manera:
1° 16 de enero 24 de marzo 10 semanas
2° 27 de marzo 7 de abril 2 semanas 17 de abril 9 de junio 8 semanas
3° 4 de julio 8 de septiembre 10 semanas
4° 11 de septiembre 6 de octubre 4 semanas 17 de octubre 24 de noviembre 6 semanas
TOTAL SEMANAS 40 SEMANAS
ARTICULO SEGUNDO: Determinar las fechas de reunión de padres de familia o acudientes con el objetivo de recibir informes por escrito de los avances obtenidos por los estudiantes en cada una de las asignaturas del proceso formativo así:
1° Miércoles 29 de marzo de 2017
2° Miércoles 13 de Junio de 2017
3° Miércoles 13 de septiembre de 2017
4° Miércoles 29 de noviembre de 2017
ARTÍCULO TERCERO: Adoptar los tiempos para ejecución de las actividades de desarrollo institucional: En el año 2017 estas actividades se desarrollaran en las siguientes fechas:
10 de enero 13 de enero 1 semanas
10 de abril 12 de abril 1 semanas
12 de Junio 16 de junio 1 semanas
9 de octubre 13 de octubre 1 semanas
27 de noviembre 1 de diciembre 1 semanas
TOTAL SEMANAS 5 SEMANAS
Parágrafo 1°: Las actividades de desarrollo institucional correspondientes a los días 10, 11, y 12 de abril ( Semana Santa) , se realizaran en jornada laboral en el Establecimiento Educativo los días sábados 25 de febrero, 11 y 25 de marzo de 2017.
Parágrafo 2°: Los establecimientos Educativos Oficiales que ofrezcan el servicio de educación para adultos, en la modalidad de Ciclos Lectivos Especiales – CLEI, correspondientes a la educación Básica CLEI 1 al 4 – se sujetaran a los tiempos establecidos en la presente resolución para la educación regular formal, mientras que en aquellos que se ofrezca los niveles de Educación Media CLEI 5 y 6- en cualquiera de sus modalidades ( Presencial, semipresencial, diurna, nocturna, sabatina y/o dominical),ajustaran las dos semanas adicionales respondiendo a lo establecido en el artículo 2.3.3.5.3.5.1 del Decreto Nacional 1075 de 2015 de la siguiente manera:
PRIMER SEMESTRE
10 de enero 13 de enero
12 de junio 16 de junio
SEGUNDO SEMESTRE
9 de octubre 13 de octubre
27 de noviembre 1 de diciembre
TOTAL SEMANAS 2 SEMANAS
ARTICULO CUARTO: Receso Estudiantil.
Los estudiantes tendrán 12 semanas de receso en los Establecimientos Educativos Oficiales, de conformidad con el numeral 2, literal b), Articulo 2.4.3.4.1 .del decreto 1075 de 2015, las cuales se distribuirán de la siguiente manera:
ARTÍCULO QUINTO: De acuerdo a lo establecido en el litoral c), numeral 1, Artículo 2.4.3.4.1 del decreto 1075 de 2015, los docentes y directivos docentes tendrán siete (7) semanas de vacaciones distribuidas de la siguiente manera: VACACIONES DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES AÑO 2017 DESDE HASTA DURACIÓN ( En semanas)
2 de enero 6 de enero 1 semanas
20 de junio 30 de junio 2 semanas
4 de diciembre 29 de diciembre 4 semanas
TOTAL SEMANAS 7SEMANAS
ARTICULO SEXTO: Calendario de conmemoraciones, fiestas y celebraciones. La fiesta patria del 20 de Julio se celebrará en todas los establecimientos Educativos de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia el día hábil anterior a tal fecha, con actividades culturales programadas por las directivas de los planteles y con la participación de la Comunidad Educativa. Las demás fiestas patrias se celebraran de conformidad con lo que las directivas del Establecimiento Educativo organicen para tal efecto
Parágrafo 3°: Los siguientes días conmemorativos, fiestas y celebraciones se realizarán en la fecha indicada, las cuales no generaran desescolarización de los estudiantes y, en todo caso, se garantizará la prestación del servicio educativo. En el marco del desarrollo de cada una se pondrán realizar actividades lúdicas, artísticas y culturales en todas las Instituciones Educativas y Centros Educativos de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia:
CONMEMORACIÓN ,FIESTAS Y CELEBRACIONES FECHA
Día del educador 15 de mayo de 2017
Día de los " héroes caídos en acción" 21 de julio de 2017
Independencia de Antioquia 11 de agosto de 2017
Día de la convivencia Escolar 15 de Septiembre de 2017
Día del directivo docente 5 de Octubre de 2017
ARTICULO SEPTIMO: La jornada escolar de los estudiantes, la distribución de la jornada laboral, la asignación académica de los docentes, el horario, la duración de los periodos de clase y la asignación de actividades curriculares complementarias en el Establecimiento Educativo, será establecida por el Rector al inicio del año escolar 2017 mediante resolución.
ARTICULO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Argelia a los 25 días del mes de Octubre de 2016
FIRMA ORIGINAL
Alfredo España Contreras
Rector I.E Santa Teresa.